SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que no existe impedimento alguno para que socios de una empresa soliciten designación de un perito imparcial para conocer la situación financiera del negocio.
El criterio jurisprudencial está contenido en la sentencia número SCJ-PS-22-0327 de fecha 31 de enero del 2022, sobre una demanda en rendición de cuentas sobre el estado financiero de la empresa en virtud de los artículos 36 y 132 de la Ley núm. 479-08 sobre Sociedades Comerciales.
Según la sentencia, la SCJ retuvo la postura de que desde la fecha en que la empresa indicó estar realizando las indagaciones de lugar hasta la decisión de la alzada rechazando la medida solicitada han transcurrido 11 meses, resultando un tiempo suficiente para dar cumplimiento.
“Y, al no hacerlo es, en efecto, una limitante para el socio de conocer, como es su derecho, el estado de la empresa de la cual forma parte”, dijo.
Para tener acceso de manera íntegra a la sentencia firmada por los magistrados Justiniano Montero Montero, Vanessa Acosta Peralta y Napoleón R. Estévez Lavandier ir al siguiente enlace: https://bit.ly/3U5tM5Y
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