Santo Domingo, 8 ago (EFE).- La Junta Central Electoral (JCE) recordó que es el único órgano constitucionalmente autorizado para administrar y resguardar el Registro Civil en la República Dominicana.
Subrayó, en un comunicado, que cualquier convenio entre entidades estatales que involucre el Registro Civil y no cuente con la participación de la JCE carece de validez legal y constitucional.
La Constitución respalda el rol exclusivo de la JCE. Según establece el artículo 212 de la Constitución dominicana, es la entidad encargada de la administración.
«Este registro y resguardo de los nacimientos ocurridos en el territorio nacional. Esta función incluye la custodia de los libros del Registro Civil, los cuales deben reflejar la nacionalidad de cada persona registrada», afirmó.
La Junta explicó que este mandato constitucional no puede ser ignorado ni suplantado por acuerdos paralelos entre otras instituciones del Estado dominicano. Expresó su disposición de continuar colaborando con diversas entidades estatales mediante acuerdos interinstitucionales formales, suscritos directamente con la institución. Estas alianzas buscan reducir el subregistro de nacimientos en el país y garantizar el derecho a la identidad de toda la población.
sp-am


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