Es vergonzoso el flagrante “aminoplismo” de argüir que “la ley no aplica a mí”. La Ley Electoral número 15-19 define al transfuguismo como la traición del candidato a elecciones (primarias, municipales, congresuales o presidenciales) que, apartándose de la formación política que lo presentó, pacta luego con antagónica fuerza partidista.
Esta ley “regula lo relativo al ejercicio del derecho de ciudadanía de elegir y ser elegible”. Derechos políticos y humanos, garantizados por la Constitución, son legalmente regulados disponiendo cómo ejercerlos.
Hay libertad de tránsito, pero nadie conduce en contravía ni viaja legalmente sin pasaporte; hay derecho a educación, pero inscribiéndose regularmente sin alegar inconstitucionalidad cuando incumple normas; hay derecho a libre expresión, pero regulada por la Ley 6132; el derecho al trabajo excluye ocupar medalaganariamente puestos aspirados.
El tránsfuga, quien cambió de bando tras ser postulado y perder, ¿merece impunidad judicial en detrimento del derecho de los partidos? ¡No! Quien compitió en primarias por equis partido y perdió –sea quien sea— usó su derecho puntualmente. Ningún hombre vale más que la ley.
JPM


Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
Asonahores dice turismo aporta el 15.9 % del PIB dominicano
Gobierno anuncia Simulacro Nacional Evacuación Terremoto
EEUU aplaude decisión de Perú de romper relaciones con Irán
Dominicana y Haití condicionan reapertura de sede diplomática
Trump asegura que EE.UU tiene municiones ilimitadas para Irán
Dominicano Juan Soto conecta cuadrangular 23 beisbol de GL
EEUU sanciona a un nieto del expresidente Raúl Castro
EEUU: Trump tacha a España como un «país arruinado»
China insta Unión Europea que cese sus amenazas unilaterales
IRAN: Guardia Revolucionaria promete respuesta ataque EEUU

