SANTO DOMINGO.- Los abogados del empresario Ángel Rondón, principal imputado en el caso Odebrecht, consideraron que su cliente no puede ir a juicio de fondo, debido a que el Ministerio Múblico no hizo oferta probatoria para sustentar las imputaciones que constituyen el núcleo central de la acusación.
Plantearon al juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, que las pruebas de descargo que le entregó Rondón al Ministerio Público, en la acusación la ofertaron como prueba de cargo.
“Ningún ciudadano debe ser enviado a juicio sin pruebas, el señor Ángel Rondón es un ciudadano, entonces, él no debe ir a juicio sin pruebas”, enfatizaron los abogados José Miguel Minier y José Hiciano.
Asimismo Ortega Polanco recesó para las 10:00 de la mañana de este jueves la continuación del juicio preliminar.
Minier e Hiciano alegaron que el Ministerio Público ha determinado elementos de pruebas que les otorgan una relevancia que no tiene o un significado totalmente contrario a su propia naturaleza y que la oferta probatoria que hicieron está afectada o de ilegalidad, o de inutilidad o de impertinencia o de irrelevancia.
Manifestaron que los US$92 millones que Odebrecht admite que pago para la construcción de obras, les asignaron tres destinos, soborno, lavado y pago de servicio de representación comercial y que tampoco explican cuáles transferencias eran reales y cuáles no.
Sostienen que en su relato fáctico el ente acusador no diferencia un registro contable y pago, y tampoco explica razonablemente cuestiones neurálgicas para determinar la seriedad de la acusación.
“El relato fáctico carece de precisión porque existen cuestiones de hecho altamente relevantes en la relación de Ángel Rondón, con la empresa Odebrecht, que los acusadores no la explican con la claridad requerida, sino que la ignoran deliberadamente para confundir al tribunal y la sociedad”, acotó Minier.
Sobre los cargos de soborno, asociación de malhechores y lavado de activos, la defensa alega que el Ministerio Público no tiene ni encontrará pruebas en contra de su cliente, ya que es inocente, razón por lo que entienden que el tribunal debe archivar el proceso por falta de pruebas.


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