De acuerdo con el decreto, publicado en el diario oficial Le Monitor, el dictamen del Tribunal de Cuentas ‘no vincula a la Comisión Nacional de Contratación Pública, a las autoridades del poder ejecutivo ni a los ordenadores’, y tienen entre tres y cinco días para emitir su opinión.
En el primer artículo establece que la institución se consulta en todas las cuestiones relativas a la legislación sobre finanzas públicas y en los proyectos de contratos, acuerdos y convenios de carácter financiero o comercial en los que el Estado sea parte.
Sin embargo, apunta, sus consideraciones no pueden paralizar o impedir la celebración de los contratos, acuerdos y convenios, y una vez emitida su opinión consultiva se dará por concluido el proceso.
La medida, afirma el texto, responde a que cualquier lentitud injustificada en la firma de los contratos en los que participa el Estado es perjudicial para el desarrollo socioeconómico del país y para la mejora de las condiciones vida de la población.
Señala, además que la función esencial del Tribunal Superior es registrar todos los contratos que se le comunican, a fin de facilitar su papel de control a posteriori de los fondos comprometidos durante la ejecución de dichos contratos.
En los últimos meses, divergencias en la aprobación de contratos, especialmente en el campo de la energía, provocaron fricciones entre la corte y el gobierno.
Incluso el titular de Obras Públicas, Joiséus Nader, calificó a sus jueces de incompetentes y salvajes, lo que obligó al primer ministro Joseph Jouthe a pedir disculpas.
of-am


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