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SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo y declaró de urgencia el recurso que permitiría a los precandidatos que perdieron en las primarias aspirar por otras organizaciones en los comicios de 2020
La acción contra las leyes de Partidos y Orgánica de Régimen Electoral fue interpuesta por Santo Hilario Cedano, exprecandidato a diputado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), quién busca que se declare inconstitucional los artículos 49, numeral 4, y el 134 de ambas leyes, que prohíben la doble participación en procesos de elección de candidaturas para unos mismos comicios.
El artículo 49 de la Ley de Partidos dice que «el aspirante a una precandidatura para un determinado evento electoral» no debe haber «participado como candidato por otro partido, agrupación o movimiento político para el mismo evento electoral».
El 134 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral establece que «las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido» a un cargo de elección «no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral».
Cedano, quien perdió en las primarias del pasado 6 octubre, alega que esos artículos vulnerarían el derecho de elegir y ser elegido recogido en la Constitución.
De su lado, el PLD interpreta que esos artículos impedirían legalmente la candidatura presidencial del expresidente Leonel Fernández en 2020 y de los precandidatos que que perdieron en las primarias y que abandonaron el partido.
Tras la decisión del TC, el presidente del PLD, Temístocles Montás, manifestó que «en la República Dominicana nadie está por encima de la ley. Aquí no hay superciudadanos».
Por su parte, Eduardo Jorge Prats, abogado del PLD, declaró que representa a ese partido para «sostener la plena constitucionalidad de las disposiciones de la Ley Electoral y la Ley de Partidos que prohíbe el transfuguismo, y esto en base de que con la prohibición se busca mantener la estabilidad de los partidos”.
Explicó que «si una persona participó en un proceso electoral y perdió, ya ejerció su derecho a ser elegido, y por eso la ley que le impide a candidatearse por otro partido es plenamente constitucional”.


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