SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró este lunes que «ningún organismo nacional o internacional» puede solicitar o tratar de imponerle a esa institución que viole la Constitución dominicana y que desconozca los procedimientos constitucionales a que se encuentre sometido.
«Ello supondría la subversión y violación del orden constitucional dominicano y el desconocimiento del Estado Social y Democrático de Derecho que proclama la Constitución dominicana», afirmó el TC en un documento colgado en su página web firmado por su presidente, Milton Ray Guevara.
La declaración fue emitida a propósito de la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), de marzo último, pero dada a conocer la semana pasada, en la cual ese organismo reitera su competencia para conocer casos de República Dominicana relativos al derecho a la nacionalidad. En específico se refirió a una sentencia del TC, que afecta a hijos de haitianos nacidos en el país.
Ray Guevara explicó que mediante la sentencia TC/0256/14, fallada el 14 de noviembre de 2014, el TC decidió la inconstitucionalidad del instrumento de aceptación de la competencia contenciosa de la Corte.
En esta decisión se consideró que este instrumento tiene una fuerza jurídica vinculante, en el plano internacional y nacional, similar a la de un tratado internacional, recordó el jurista.
«De ahí que resultaba lógico que un acto de esa naturaleza no pueda contar pura y simplemente con la voluntad del Poder Ejecutivo, sino que es necesario un contrapeso de parte de los otros poderes del Estado que participan en el proceso de adopción de los tratados internacionales, máxime tratándose de la transferencia de competencias jurisdiccionales a una Corte Internacional», agregó.
El documento afirma que es «innegable» que el Tribunal Constitucional actuó con absoluto apego a los mandatos de la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
«La decisión adoptada no cuestiona el derecho de los poderes públicos dominicanos competentes, para adherirse a la Corte Interamericana. El meollo de la decisión referida fue señalar que no se agotó el procedimiento constitucional requerido», acotó el presidente del TC.
El organismo recordó, que en ese orden, había convertido ya en precedente, a propósito del caso de la Ley número 91, que creó el Colegio de Abogados, reiterándolo en el caso de la sentencia que declaró inconstitucional el Código Penal por vicios en el procedimiento de aprobación.
«Cabe reiterar que la sentencia dejó claramente establecido que este colegiado comparte los postulados, principios, normas, valores y derechos de la Convención Americana de Derechos Humanos, que seguirán siendo normalmente aplicados, respetados y tomados en consideración por nuestra jurisdicción», afirmó Ray Guevara.
sp-am


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